Igual que consideramos la firma del contrato de alquiler el establecimiento de ese vínculo contractual, la rescisión del contrato es el momento de poner fin a esa relación.
La rescisión del contrato de alquiler empieza en el momento del preaviso. Ya sea quince días antes, un mes o tres meses antes, todo empieza con ese preaviso legal. Momento en que formalmente se comunica a la propiedad su intención de cesar la relación contractual.
En ese instante se empiezan a sentar las bases del cómo y el cuándo se entregarán las llaves y la posesión, además de establecer los términos de las liquidaciones que pudieran establecerse.
Entrega de llaves y posesión del inmueble alquilado
Devolver el piso al casero, entregar la vivienda, las llaves, la posesión. Se trata del momento en el que se entrega las llaves y el inmueble al propietario.
Aunque parezca redundante o aparentemente parecido a la rescisión del contrato, no es lo mismo. Aunque sí pueden darse en el mismo momento. Cabe la posibilidad, por ejemplo, de que la entrega de llaves y posesión se den dentro de uno de los puntos del documento de entrega de posesión.
¿Qué debe contener este documento?
A priori debe ser un documento sencillo, aunque para gustos colores. Hace poco, asistí a una entrega de posesión en Alemania, y la verdad es que fue completísima. Desde lectura de contadores a comprobación de acabados in situ. Todo un ejercicio de transparencia, teniendo en cuenta que muchas veces el arrendador hace con la fianza lo que quiere impunemente.
Mi consejo es que la entrega de llaves y posesión contenga los siguientes puntos:
Punto primero: Si no has hecho la rescisión formal, aprovecha para dar por finalizado el contrato firmado.
Punto segundo: Entrega de todas las llaves de la vivienda, edificio, garaje o trastero. Cualesquiera que fueran y renunciando a cualquier derecho futuro sobre esa vivienda.
Punto tercero: Compromiso por parte de la arrendadora de realizar los cambios de titularidad en los suministros. En este punto añadiría contar en qué punto quedaron los contadores. Muy importante.
Punto cuarto: Devolución de la fianza, según el estado en el que esté la vivienda.
Posibles desacuerdos
Si la vivienda se entregó sin mobiliario y electrodomésticos es todo más sencillo. Si existen esos aparatos, hay que revisar su estado. Asimismo con el parqué, cocina, baño como zonas más sensibles.
El motivo suele ser la fianza. Hay algunos propietarios que aprovechan la cierta impunidad y subjetividad que existe en esa cláusula para hacerse con ella no devolviéndola. Es precisamente esa subjetividad la que hace de este punto un apartado a planificar muy bien. Por ejemplo, es importante hacer un inventario con imágenes en el momento de la entrega de llaves al arrendatario, para que cuando se rescinda el contrato y se entregue la posesión, se pueda verificar que no hay daños.
En caso de conflicto, aunque impugnable, es de difícil demostración el mal hacer de algunos propietarios. Y viceversa. Lo mejor es la confianza mutua y el respeto. De ahí que haya utilizado el término impunidad.
Si queréis dejarnos un comentario sobre vuestra experiencia o queréis hacernos una consulta, estamos totalmente abiertos a ello. Un saludo.